05 NOV | 16:48

El Nuevo Código Penal llega al Congreso

El nuevo proyecto de Código Penal finalmente llegará este mes al Congreso: inmigrantes, protestas y los principales cambios. La iniciativa, que fue redactada por una comisión de especialistas, tenía que ser...
...presentada en agosto. Los nuevos delitos que incluye.
 

El proyecto de reforma del Código Penal, que actualiza delitos y penas en 540 artículos y fue redactada por una comisión de especialistas liderada por el camarista Mariano Borinsky, finalmente será presentado este mes en el Congreso.
 
 
Tanto oficialismo como oposición prevén que será una discusión que llevará tiempo en el parlamento, sobre todo por las modificaciones en aspectos sensibles como las sanciones previstas para las manifestaciones en las calles y sobre los inmigrantes que cometen delitos.
 

En relación a este último punto, los incidentes que se registraron en las inmediaciones del Congreso cuando se discutía el Presupuesto 2019 volvió a poner en el centro de la agenda la política migratoria. Así, el nuevo Código Civil incorpora una figura agravada para los migrantes que utilicen documentación falsa y para aquellas personas que habiendo sido expulsados del país como consecuencia de una sentencia condenatoria judicial, incumpla con la prohibición de reingreso a la Argentina. La pena prevista para este último delito es de prisión de uno a cuatro años de prisión.
 
 
El nuevo Código también prevé una escala penal de uno a seis años de prisión para las personas que promovieren o facilitaren la entrada o salida ilegal de personas del territorio nacional, con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio, así como también para quien promoviere, o facilitare la permanencia ilegal de extranjeros en el territorio.
 

También se sanciona con prisión de ocho a veinte años la conducta de quien promoviere o facilitare la entrada o salida ilegal de personas del territorio nacional con el objeto de cometer actos de terrorismo, actividades de narcotráfico o lavado de dinero.
 

Por otra parte, el nuevo Código Penal también prevé modificaciones respecto a los piquetes en la vía pública. Entre otros puntos, distingue la conducta de quien emplea cualquier medio para detener o entorpecer la marcha de un medio de transporte público de la conducta de quien realiza esa misma conducta respecto de un medio de transporte privado. Para este último caso, si se cuenta con autorización del Estado, la conducta no constituye delito.
 

En este punto, se prevé una escala penal de un mes a un año de prisión para quien compeliere a otro a tomar parte en una huelga o boicot, o impidiere el ejercicio de ese derecho, o para quien ejerciere coacción para obligar a otro a tomar parte de un lock-out, o, a abandonar o ingresar a una sociedad obrera o patronal determinada.
 
 
 
LOS PRINCIPALES CAMBIOS EN EL NUEVO PROYECTO DE CÓDIGO PENAL
 

NARCOTRÁFICO: se aumenta el mínimo de la pena para el tráfico de pasta base de cocaína (PACO) por ser especialmente peligroso su consumo. Se elevan las penas para los cabecillas de organizaciones internacionales dedicadas al narcotráfico, a quienes se busca distinguir de los eslabones más bajos de la cadena.
 
 
Se incorpora la jurisprudencia de la Corte Suprema con el fallo "Arriola", que establece como no punible la tenencia de estupefacientes para uso personal, que no trascienda el ámbito privado.
 
 
ARMAS: se elevan las penas para los delitos de tenencia y portación de armas de fuego de uso civil y de guerra. Se fija la pena mínima en 3 años y 6 meses de prisión.
 
 
MOTOCHORROS: se incorpora como agravante la utilización de motovehículos en los delitos de hurto o robo.
 
 
VIALES: se aumenta el máximo de la pena a 7 años de prisión para los homicidios imprudentes y se incorpora la conducción temeraria, cuando no haya un accidente, muertos o heridos, pero se hayan dado las condiciones para que eso ocurra (exceso de velocidad, alcohol o estupefacientes).
 
 
CORRUPCIÓN: se aumentan las penas de 4 a 12 años para los delitos de corrupción, en especial los de cohecho, soborno trasnacional y enriquecimiento ilícito. Se incorpora la figura de corrupción entre particulares. Las empresas pasan a ser penalmente responsables ante ciertos delitos, sin perjuicio de las responsabilidades penales que les pudieran caber a las personas físicas involucradas.
 
 
GÉNERO: en los casos de violencia de género, el juez está obligado a imponer una pena dentro del tercio superior de la escala. Se aplicará el seguimiento socio judicial para los delitos graves como el abuso sexual agravado, otros ataques graves contra la integridad sexual y delitos que se cometen en un contexto de violencia de género.
 
 
INFORMÁTICOS: se aumentan las penas para el grooming y para los abusos sexuales simples. Se pena con prisión a quien tenga, produzca, financie, ofrezca y publique pornografía infantil. Se incorporan nuevos delitos informáticos: robo, hurto, daño, fraude, acceso ilegal a datos informáticos y "pornovenganza".
 
 
DEPORTES: se incrementa la pena en caso de homicidios, lesiones, robo, tenencia y portación de armas de fuego en espectáculos deportivos.
 
 
AMBIENTE: se incorporan los delitos contra el ambiente. Se establece pena de prisión y multa para quien ilegalmente introduzca en el ambiente o libere en el medio un ejemplar de flora o fauna exótica invasora. Se incorpora un capítulo relativo a los delitos de maltrato y crueldad contra los animales, con pena alternativa de hasta 4 años de prisión y multa.
 
 
REINCIDENCIA: se mantiene la imposibilidad de acceder a la libertad condicional para los reincidentes y para los condenados por delitos dolosos.
 
 
MANIFESTACIONES: será delito arrojar elementos que pudieran provocar lesiones o muertes, con penas de hasta 2 años de prisión. Se eleva a 3 cuando sea contra miembros de las fuerzas de seguridad en ejercicio de su función.
 
Se penará a quien detenga o entorpezca la marcha de un medio de transporte público o que sin autorización, lo haga con un medio de transporte privado.
 
 
PENAS ALTERNATIVAS: se incorpora el uso de dispositivos electrónicos como alternativa a la prisión, para los casos de primera condena que no exceda de 3 años.
 
infobae.com

 

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